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La cara B del turismo “on the road”: Sanciones europeas notificadas mediante EUCARIS

Según datos de la DGT, en 2024 se notificaron 190.188 sanciones a conductores europeos por infracciones detectadas en España, gracias a la interconexión de registros a través de EUCARIS, la red europea de intercambio de información de vehículos y permisos.

Algunos puntos clave:

  • La mayoría de sanciones fueron por excesos de velocidad captados por radares de la DGT.
  • El sistema permite localizar al titular del vehículo en otro país de la UE, enviar la notificación en su idioma y ofrecer formas de pago accesibles.
  • A pesar de que se notificaron casi doscientas mil sanciones, solo aproximadamente el 56 % de ellas se llegó a cobrar.

Fuente: DGT – “La cara B del turismo ‘on the road’”

Esta es la nueva normativa de la DGT para motos en 2025

En 2025, la normativa de la DGT para motocicletas se está actualizando con cambios importantes que afectan al permiso de conducción, los requisitos de equipamiento y las reglas de circulación. Aunque algunas medidas aún están pendientes de aprobación definitiva, ya se han confirmado algunas.

  • El permiso A exige mayor formación práctica; hay obligatoriedad del uso de airbag durante las prácticas, tanto para alumnos como profesores.
  • Se propone permitir que las motos circulen por el arcén derecho en vías con retenciones, siempre que no superen 30 km/h y respeten prioridad de otros usuarios.
  • Para conducir motos de ≤125 cc con carnet B se prevé un curso específico obligatorio.
  • También se estudia la reducción de la tasa de alcohol permitida, con propuestas más estrictas.

Fuente: RACE – Normativa para motos 2025

La DGT anuncia 122 nuevos radares para 2025

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha comunicado la instalación de 122 nuevos radares de velocidad durante 2025, con el propósito de reforzar la seguridad vial y reducir los accidentes por exceso de velocidad.

  • Los tramos objetivos incluyen tanto carreteras convencionales como tramos urbanos susceptibles de riesgo. No todos están aún activos ni se han revelado las ubicaciones exactas.
  • Se prevé que estos radares complementen los existentes, mejorando la cobertura del control de velocidad y disuasión en zonas con historial de infracciones o accidentes.
  • La DGT asegura que los nuevos dispositivos estarán debidamente señalizados, para cumplir con los requisitos legales y advertir a los conductores.

Fuente: AS

Plan Especial de Inspección, Vigilancia y Control de furgonetas de reparto (Instrucción MOV 2025/11)

La Instrucción MOV 2025/11, publicada el 15 de julio de 2025 por la Dirección General de Tráfico (DGT), establece un plan especial de inspección, vigilancia y control para furgonetas de reparto, con el fin de reducir la siniestralidad profesional ligada a su uso, especialmente en zonas urbanas y periurbanas.

El plan contempla medidas concretas como:

  • Campañas operativas de control de velocidad, uso del cinturón, distracciones (incluyendo el uso del móvil) y condiciones psicofísicas de los conductores.
  • Inspecciones del estado del vehículo: verificación de neumáticos, luces, frenos, carga bien sujeta, cumplimiento de la MMA (Masa Máxima Autorizada).
  • Coordinación logística entre DGT, Guardia Civil y autoridades locales para priorizar puntos críticos como accesos urbanos, zonas de reparto y entornos metropolitanos.
  • Acciones de sensibilización dirigidas a conductores profesionales, empresas de reparto y ciudadanía en general, para fomentar buenas prácticas y responsabilidad en la conducción de este tipo de vehículos.

Este plan se inscribe dentro de las estrategias de seguridad vial de la DGT para 2025, donde se considera que las furgonetas de reparto tienen un peso creciente en accidentes graves y mortales, especialmente en entornos de alta densidad. La instrucción exige también que estas medidas se evalúen periódicamente para ajustar actuaciones si fuese necesario.

Fuente: DGT

Flexibilización de matrículas en motocicletas, ciclomotores y cuatriciclos (Orden PJC/780/2025)

El pasado 22 de julio de 2025 entró en vigor la Orden PJC/780/2025, de 21 de julio, mediante la cual se modifican los anexos II, IX, X y XVIII del Reglamento General de Vehículos en España. Con estos cambios, se flexibiliza la ubicación de las placas de matrícula en motocicletas, ciclomotores y cuatriciclos, siempre que se mantenga su legibilidad y visibilidad.

  • Se elimina la obligación de colocar la matrícula en el eje mediano detrás del guardabarros trasero, permitiendo más opciones de ubicación en la parte trasera, lateral trasero u otras posiciones equivalentes que cumplan los requisitos visuales.
  • Se mantiene la exigencia de que la matrícula esté en posición vertical o casi vertical.
  • Para los cuatriciclos ligeros y pesados, se autoriza opcionalmente una placa delantera, con las mismas características que la trasera.
  • Se exige siempre que la placa esté visible, legible, sin obstáculos y respetando los ángulos de visibilidad establecidos.

Este cambio legal responde a demandas de fabricantes, usuarios y asociaciones de motociclismo, que pedían adaptaciones para modelos que por diseño no permitían la ubicación tradicional. Con esta normativa se reduce el riesgo de sanciones por ubicación “incorrecta” de la matrícula en casos permitidos por la nueva regla.

Fuente: Noticias Jurídicas